15 DE MARZO: DIA MUNDIAL DE LOS CONSUMIDORES. Manifiesto
LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DE PALENCIA CUMPLE 40 AÑOS
Los transporte de viajeros por carretera son aquellos destinados a realizar los desplazamientos de las personas y sus equipajes en vehículos constituidos y constituidos para tal fin.
El billete es el título de transporte acreditativo del contrato y el usuario deberá pórtalo consigo durante todo el trayecto. En el mismo deberán aparecer diversos datos tales como el nombre de la empresa, el origen y destino del viaje, fecha de emisión del billete, precio del billete, etc
El despacho de billetes se efectuará en diversos puntos de ventas, como los locales establecidos a tal efecto por las empresas prestadoras del servicio y en todo caso, en las estaciones de servicio, en las agencias de viajes autorizadas por las empresas antes citadas, y en rutas, por el conductor.
El despacho de billetes para su utilización inmediata se abrirá al menos, 30 minutos antes de la salida de cada servicio y no podrá cerrarse hasta diez minutos antes de la misma, quedando reservada para esta forma de venta, al menos, el 20 % de todas plazas útiles. También se podrá efectuar reserva de billete, gratuita para el usuario, en los puntos de ventas.
El plazo en se lleve a cabo el servicio es muy importante puesto que, de no mediar fuerza mayor, se puede considerar incumplimiento de contrato y ser susceptible de indemnización siempre sobre daños demostrables y que se puedan cuantificar.